REGLAMENTACION AL REGIMEN DE HORAS EXTRAS EN LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 29/03/1994
Publicación: 12/04/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 379
Referencias a toda la norma

Artículo 12

   A partir del 1º de enero de 1994, los Incisos 02 al 19 y 25 al 27 del
Presupuesto Nacional con excepción del 04 y para dicho ejercicio,
reducirán a nivel de programa los compromisos de horas extras, en un 25%
(veinticinco por ciento) como mínimo a valores constantes en relación a lo
ejecutado en el ejercicio anterior.
   La Contaduría General de la Nación instrumentará los procedimientos
necesarios así como los controles respectivos para alcanzar los objetivos
previstos. 
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