EXONERACION TRIBUTARIA - IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION




Promulgación: 22/04/1982
Publicación: 05/05/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 905

Artículo 2

  La Dirección General de Servicios Veterinarios del Ministerio de
Agricultura y Pesca fiscalizará el destino de las máquinas y equipos para
la producción de virus aftoso y elaboración de vacuna antiaftosa, que se
importen al amparo del presente decreto.
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