Atribuciones. La Auditoría Interna de la Nación tendrá las siguientes atribuciones:
1) Recibir y registrar el reporte anual a que refiere el artículo 6° del presente Decreto.
2) Expedir la constancia de registro del reporte anual.
3) Podrá promover la descalificación de oficio ante el Juez Competente en los términos del artículo 10 del presente Decreto
4) Requerir opinión técnica sobre el contenido del reporte anual a cualquier organismo o institución público o privada que entienda competente o idónea para emitir una opinión o brindar un asesoramiento.
5) Comunicar los incumplimientos detectados al organismo competente, de acuerdo al marco jurídico aplicable en cada caso.