APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. COMERCIO EXTERIOR. INDUSTRIA QUIMICA




Promulgación: 05/04/1989
Publicación: 16/08/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Los márgenes de preferencias porcentuales otorgados por la República serán de aplicación sobre el del Impuesto Aduanero Unico a la Importación (IMADUNI) y los Recargos Cambiarios vigentes al momento de la importación, de conformidad con las reglamentaciones internas y con observancia a lo dispuesto por el punto 4° de las Notas Complementarias que integran el Anexo al Protocolo Adicional a que refiere el artículo 1°. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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