EXHORTACION A UTE A INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA PRODUCTORES LECHEROS Y EMPRESAS O UNIDADES PRODUCTIVAS LACTEAS




Promulgación: 26/05/2017
Publicación: 05/06/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   A los efectos de la exhortación dispuesta en el artículo anterior, se propone el siguiente programa de beneficios:
A) Un descuento mensual en el cargo por energía sin IVA, que se aplicará
   en la facturación correspondiente a los meses de junio, julio y agosto
   de 2017.
B) El programa incluirá cuatro niveles:
1. Corrimiento del pliego tarifario en dos horas para los
   establecimientos lecheros con tarifa múltiple.
2. (PRIMER GRUPO DE PRODUCTORES LECHEROS) Los productores lecheros con
   una potencia de energía eléctrica contratada menor o igual a 15 kW,
   recibirán un descuento en el cargo por energía equivalente al 80% del
   consumo de energía eléctrica del tambo para los primeros 500 kWh/mes.
3. (SEGUNDO GRUPO DE PRODUCTORES LECHEROS). Los productores lecheros no
   incluidos en el numeral anterior recibirán un descuento de 15% en el
   cargo por energía.
4. (TERCER GRUPO INDUSTRIA LÁCTEA). Las empresas o unidades industriales
   lecheras de la cadena productiva láctea recibirán el 15% de descuento
   en el cargo de energía.
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