REGLAMENTACION DE LA LEY N° 18.250, RELATIVA A LA CREACION DEL PROGRAMA DE RESIDENCIA POR ARRAIGO BAJO LOS CRITERIOS DE ARRAIGO LABORAL, ARRAIGO FAMILIAR Y ARRAIGO PARA LA FORMACION
Otros requisitos.
En todos los casos además de los requisitos específicos se deberá aportar lo siguiente: una foto carné, documento de identidad con el cual ingresó al país, vigente y en buen estado de conservación.
En el caso de las personas menores de edad, deberá presentarse testimonio de partida de nacimiento apostillada o legalizada y traducida si correspondiere, con vigencia de hasta un (1) año desde su emisión, y autorización de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o representación legal.