FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1991




Promulgación: 14/01/1991
Publicación: 31/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 17
   Visto: la necesidad de fijar el Salario Mínimo Nacional a todos sus
efectos.

   Resultando: que la última adecuación de dicho salario se adoptó a
partir del 1º de setiembre de 1990, por decreto de fecha 27 de setiembre
de 1990.

   Considerando: I) Que corresponde actualizar el monto del Salario
Mínimo Nacional;

   II) Que resulta necesario establecer los aumentos salariales a regir 
desde el 1º de enero de 1991.

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo dispuesto en el decreto ley
14.791, de 8 de junio de 1978,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Establécese el monto del Salario Mínimo Nacional a todos sus efectos
en N$ 118.300 (nuevos pesos ciento dieciocho mil trescientos) mensuales o
sus equivalentes resultantes de dividir dicho importe entre veinticinco
para determinar el jornal diario o entre doscientos para determinar el
jornal horario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo 1º, regirá a partir del 1º de enero de 1991
y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales
y de la esquila.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.-

LACALLE HERRERA - CARLOS A. CAT - ENRIQUE BRAGA SILVA
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