FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1991




Promulgación: 14/01/1991
Publicación: 31/01/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1991
  •    Página: 17

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo 1º, regirá a partir del 1º de enero de 1991
y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales
y de la esquila.
Referencias al artículo
Ayuda