MODIFICACION DEL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LIMITES MAXIMOS DE CONTAMINANTES
INORGANICOS EN ALIMENTOS (DEROGACION DE LAS RES. GMC N° 102/94 y N° 35/96)
Sustitúyese el Artículo 1.2.14 de la Sección 2 - Características de los
Alimentos -, del Capítulo 1 - Disposiciones Generales - del Reglamento
Bromatológico Nacional (*), aprobado por el Decreto del Poder Ejecutivo N°
315/994 de 5 de julio de 1994, por el texto de la citada Resolución GMC N°
12/11.