AUMENTO SALARIAL PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS. MARZO 1990




Promulgación: 19/03/1990
Publicación: 16/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 323

Artículo 2

    Los Organismos comprendidos en el artículo 220 de la Constitución de
la República adecuarán las remuneraciones de sus  funcionarios, a partir
de la misma fecha y de acuerdo al mismo porcentaje establecido en el
artículo anterior.
Referencias al artículo
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