APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1997




Promulgación: 30/04/1997
Publicación: 13/05/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 991
Referencias a toda la norma

Artículo 4

  La Empresa aplicará incentivos al retiro a sus funcionarios los que
consistirán en el pago de 24 sueldos a quienes no tengan causal
jubilatoria; 15 sueldos a quienes tengan causal jubilatoria y menos de
66 años; 12 sueldos a quienes tengan 66 años; 9 sueldos a quienes tengan
67 años; 6 sueldos a quienes tengan 68 años y 3 sueldos a quienes tengan
69 años. A estos efectos, se considera sueldo el total de haberes fijos
percibidos mensualmente y en ningún caso se liquidará una suma mayor a
la que correspondería percibir en caso de permanecer trabajando hasta el
cese obligatorio por límite de edad.
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