El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en
períodos no menores de tres meses ni mayores de cuatro y a realizar el
ajuste de las respectivas partidas presupuestales dando cuenta al Poder
Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas en cada oportunidad. Para ello se
tendrá en cuenta la variación del índice general de precios al consumo
confeccionado por el Instituto Nacional de Estadísticas y sus
disponibilidades financieras.