APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 1997




Promulgación: 30/04/1997
Publicación: 13/05/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 991
Referencias a toda la norma

Artículo 9

  La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en
el art. 24 de la Ley No. 15.903 de 10 de Noviembre de 1987.
Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar
Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para
el Salario Mínimo Nacional para la actividad privada.
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