VISTO: El proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al ejercicio 2012;
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco
de la República Oriental del Uruguay para el ejercicio 2012 de acuerdo con
el siguiente detalle (en Pesos Uruguayos):
CONCEPTO MONTO EN PESOS
1.- INGRESOS 12.383.278.270.oo
2.- EGRESOS 12.335.881.100.oo
2.1.- Egresos Operativos 11.467.371.100.oo
2.1.1.- Mano de Obra 5.762.256.000.oo
2.1.2.- Bienes y Servicios 4.269.981.100.oo
2.2.- Operaciones Financieras 1.435.134.000.oo
2.3.- inversiones 868.510.000.oo
3.- SUPERÁVIT / DEFICIT 47.397.170.oo
Financiamiento 0.oo
4.- RESULTADO PRESUPUESTAL 47.397.170.oo