Lo establecido en el presente artículo queda sujeto a lo dispuesto en los
artículos 96° y 97°. Otras profesiones:
Comprende a las profesiones de Procurador, Asistente Social, Técnico en
Comunicación y Técnico en Estadísticas.
Sus retribuciones se regularán con ajuste a las escalas que se detallan a
continuación:
a) La remuneración de los cargos de Procurador con título profesional
universitario, se regulará con ajuste a los grados que se indican de la
Escala Patrón Única:
ESCALA 70
GRADO EN LA ESCALA GRADO ESCALA GRADO EN LA ESCALA GRADO ESCALA
DEL CARGO PATRÓN ÚNICA DEL CARGO PATRÓN ÚNICA
Ingreso 36 6 42
1 37 7 43
2 38 8 44
3 39 9 45
4 40 10 46
5 41 - - - -
b) La remuneración de los cargos de Técnico en Comunicación, Asistente
Social y Técnico en Estadísticas, se regulará con ajuste a los grados que
se indican de la Escala Patrón Única:
ESCALA 21
ESCALA 20 Asistente Social y
Técnico en Comunicación Técnico en Estadísticas
GRADO EN LA ESCALA DEL CARGO GRADO ESCALA PATRÓN ÚNICA GRADO
ESCALA PATRÓN ÚNICA
Ingreso 23 33
1 24 34
2 25 35
3 26 36
4 27 37
5 28 38
6 29 39
7 30 40
8 31 41
9 32 42
10 33 43
11 34 44
12 35 45
13 36 - -
14 37 - -
15 38 - -
16 39 - -
17 40 - -
18 41 - -
C) CLASE SEMITECNICO