El Banco procederá a la supresión del 50% de las vacantes que se
produzcan por ascensos, por el último grado de cada escalafón. A tales
efectos comunicará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en un plazo
no mayor a los treinta días de ocurrida la supresión de las vacantes, los
cargos eliminados y su créditos correspondientes. Esta norma aplicará una
vez implementadas las incorporaciones que se realicen en cumplimiento de
normas legales, disposiciones presupuestales, convenios laborales o
concursos.