VISTO: la Ley N° 19.937, de 24 de diciembre de 2020;
RESULTANDO: que la norma referida agrega una nueva opción de tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) exclusivamente con relación a los rendimientos del capital mobiliario provenientes del exterior, para aquellas personas físicas que hayan adquirido la residencia fiscal en la República con anterioridad a la vigencia de la misma, siempre que se cumpla con determinadas condiciones de inversión y de presencia física en el territorio nacional;
CONSIDERANDO: que resulta necesario efectuar ciertas adecuaciones a la norma reglamentaria del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a efectos de hacer operativa la misma;
ATENTO: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 148/007 de 26/04/2007 artículo 5 -
QUINQUIES.
LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA