Visto: que el Poder Ejecutivo, actuando en Consejo de Ministros, por
decreto 1.035/974 de 19 de diciembre de 1974, dispuso la intervención de
la "Mutualista Obrera de Juan Lacaze".
Considerando: I) Que habiendo cesado las causas que determinaron dicha
intervención, el Poder Ejecutivo, por decreto 466/979, de 7 de agosto de
1979, convocó a los afiliados de la mencionada Mutualista, a realizar el
acto electoral destinado a elegir el Consejo Directivo y la Comisión
Fiscal, dentro del término de sesenta días a partir de la precitada fecha;
II) Que dicho plazo fue modificado por decreto 794/979, de 24 de
diciembre de 1979, estableciéndose la apertura de un nuevo período de
treinta días, para la realización del referido acto eleccionario, el que
fue realizado el 24 de enero de 1980;
III) Que por acta 5.356 de 25 de enero de 1980 la Corte Electoral
proclamó miembros de la Comisión Directiva y Comisión Fiscal de la
"Mutualista Obrera de Juan Lacaze" y sus respectivos suplentes, a las
personas electas, de acuerdo con el resultado del escrutinio definitivo de
las elecciones oportunamente realizadas;
IV) Que por lo actuado y conforme a lo previsto oportunamente es
procedente dar posesión de sus cargos a las personas electas,
disponiéndose, asimismo, el cese de la referida intervención,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Cese la intervención de la Institución "Mutualista Obrera de Juan
Lacaze", dispuesta por decreto del Poder Ejecutivo 1.035/974, de 19 de
diciembre de 1974, a cuyos efectos se aplicarán los mecanismos de relevo
correspondientes.
MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - LUIS H. MEYER - CARLOS A. MAESO - ANTONIO CAÑELLAS - TYDEO LARRE BORGES - FERNANDO BAYARDO BENGOA