IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS QUE POSIBILITEN EL TRANSPORTE PUBLICO TERRESTRE COLECTIVO DE PASAJEROS DE MODO SOSTENIBLE Y A PRECIOS ACCESIBLES PARA SUS USUARIOS
Fíjase en $ 4,984 (pesos uruguayos cuatro con novecientos ochenta y cuatro milésimas) por litro de gasoil comercializado, la recaudación que deberá realizar la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland con destino al FiMS. El Poder Ejecutivo podrá fijar nuevos valores y/o ajustes al valor antes referido, los cuales formarán parte del capital fiduciario del denominado FiMS, debiendo ser transferidos los mismos a la cuenta bancaria que así indique la Fiduciaria, una vez operativo el referido Fideicomiso.