IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS QUE POSIBILITEN EL TRANSPORTE PUBLICO TERRESTRE COLECTIVO DE PASAJEROS DE MODO SOSTENIBLE Y A PRECIOS ACCESIBLES PARA SUS USUARIOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículos 584, 585 y 586.
Artículo 2
Para calcular el monto a percibir por los operadores de servicios de transporte público terrestre colectivo de pasajeros de parte del FiMS, serán considerados los ómnibus que sean parte de la flota autorizada por el regulador competente.