IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS QUE POSIBILITEN EL TRANSPORTE PUBLICO TERRESTRE COLECTIVO DE PASAJEROS DE MODO SOSTENIBLE Y A PRECIOS ACCESIBLES PARA SUS USUARIOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículos 584, 585 y 586.
Artículo 3
El valor del reintegro para los ómnibus a gasoil, será determinado y actualizado por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de acuerdo a los litros consumidos y kilómetros recorridos en cada subsistema de los servicios de transporte público terrestre colectivo de pasajeros (suburbano, interdepartamental, urbano del interior, urbano de Montevideo, departamental, etc.).