IMPLEMENTACION DE PROGRAMAS QUE POSIBILITEN EL TRANSPORTE PUBLICO TERRESTRE COLECTIVO DE PASAJEROS DE MODO SOSTENIBLE Y A PRECIOS ACCESIBLES PARA SUS USUARIOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.212 de 06/11/2023 artículos 584, 585 y 586.
Artículo 5
Los valores de reintegro mencionados en el artículo 4° del presente Decreto beneficiarán a las unidades que se integren a la flota en cada año calendario correspondiente (la "generación" de dichos ómnibus) y durante 14 (catorce) años. Mediante Resolución, estos valores se actualizarán cada 12 (doce) meses de acuerdo a la variación del Índice de Precios al Consumo de los 12 (doce) meses anteriores. La primera determinación del reintegro se establecerá en julio de 2024 y entrará en vigencia al momento de su aprobación. Tendrá una primera actualización que entrará en vigencia en enero de 2025 y luego se actualizará cada 12 (doce) meses.