Dentro del plazo aludido la URSEA procederá a dictar la reglamentación
previendo los requisitos necesarios para el ejercicio seguro de dichas
actividades de envasado y distribución de GLP, y elevará al Poder
Ejecutivo el pliego único de bases y condiciones para la celebración de
los contratos respectivos, atendiendo a su condición de actividades de
interés público que se desarrollan en el ámbito de la libre concurrencia,
sujetas a autorización, previa constatación del cumplimiento de dichos
requisitos.