Todos los movimientos de reproductores bovinos (hembras y machos) mayores de un año de edad, desde predios linderos y tras linderos, hacia exposiciones, remates - feria, liquidaciones, o de campo a campo, deberán obligatoriamente presentar un análisis serológico negativo para Brucelosis bovina, realizado dentro de los 120 (ciento veinte) días inmediatos anteriores al movimiento, en laboratorios habilitados.
Las muestras deberán ser extraídas por veterinario de libre ejercicio acreditado y remitidas a laboratorio habilitado, con la identificación individual correspondiente al Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), de acuerdo a lo previsto por la Ley N° 17.997, de 2 de agosto de 2006, modificativas y sus reglamentaciones.