MODIFICACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE CONTRALOR Y VENTA DE INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y OTROS PRODUCTOS DE SIMILAR USO AGRICOLA




Promulgación: 15/03/1977
Publicación: 25/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - DE LA TRAMITACION Y RESOLUCION

Artículo 17

En el caso de solicitud de registro a que hacen referencia los artículos
2º y 3º, el interesado abonará al Sector Financiero de la Dirección de
Sanidad Vegetal, la cantidad que se establezca por resolución Ministerial,
por cada solicitud de registro, cantidad que no será devuelta, cualquiera
sea la resolución que recaiga sobre dicha gestión.
Referencias al artículo
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