MODIFICACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE CONTRALOR Y VENTA DE INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y OTROS PRODUCTOS DE SIMILAR USO AGRICOLA




Promulgación: 15/03/1977
Publicación: 25/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO VIII - DE LA IMPORTACION DE PEQUEÑAS PARTIDAS EXPERIMENTALES

Artículo 44

Una vez realizados los ensayos o pruebas que se citan en el artículo 40º
el interesado cursará información de los resultados obtenidos, a la
Dirección de Sanidad Vegetal, cuyos datos serán archivados y tenidos en
cuenta por las oficinas técnicas correspondientes, en el momento en que se
pretenda registrar el producto de referencia.
Ayuda