MODIFICACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE CONTRALOR Y VENTA DE INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y OTROS PRODUCTOS DE SIMILAR USO AGRICOLA




Promulgación: 15/03/1977
Publicación: 25/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO IX - DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 46

Los registrantes de los productos mencionados en el artículo 1º, deberán
inscribirse ante la Dirección de Sanidad Vegetal, como tales,
suministrando lista de sus distribuidores, la cual mantendrán actualizada,
así como especificar su razón social y domicilio legal en el país,
debidamente comprobado.
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