MODIFICACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE CONTRALOR Y VENTA DE INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y OTROS PRODUCTOS DE SIMILAR USO AGRICOLA




Promulgación: 15/03/1977
Publicación: 25/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO X - DE LA FISCALIZACION Y SANCIONES

Artículo 57

La o las partidas intervenidas no podrán movilizarse fuera del local, sin
autorización, ni venderse hasta tanto se resuelva el sumario respectivo.
La Dirección de Sanidad Vegetal, podrá disponer el traslado de la partida
a lugar o local conveniente.
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