MODIFICACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS SOBRE CONTRALOR Y VENTA DE INSECTICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS Y OTROS PRODUCTOS DE SIMILAR USO AGRICOLA




Promulgación: 15/03/1977
Publicación: 25/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 432
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DE LAS ETIQUETAS

Artículo 7

   En la etiqueta, no serán permitidas declaraciones falsas o exageradas,
respecto a la eficacia o propiedades del producto, ni ninguna otra
indicación que no sean las aprobadas por el Ministerio de Agricultura y
Pesca.
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