Visto: el decreto 83/992, de fecha 25 de febrero de 1992.
Resultando: por el citado decreto se crea el Fondo de Indemnización
para la Erradicación del Cancro Cítrico, que se destinará a atender las
indemnizaciones a los propietarios de plantas cítricas afectadas por la
ejecución de los programas de Erradicación del Cancro Cítrico.
Considerando: conveniente contribuir a atender, además con los
recursos del Fondo, los programas de prevención y control del Cancro
Cítrico.
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 83/992 de 25/02/1992
artículo 1.
LACALLE HERRERA - ALVARO RAMOS - IGNACIO DE POSADAS MONTERO