PROHIBICION DEL USO DE GLP EN EL FUNCIONAMIENTO DE AUTOELEVADORES




Promulgación: 21/05/2013
Publicación: 28/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1009
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Encomiéndase a la URSEA establecer la normativa correspondiente para la
utilización segura y confiable del GLP en autoelevadores, en las
condiciones establecidas en el artículo anterior, en el plazo de 6 meses a
partir de la vigencia del presente Decreto.
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