ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL CUERPO DE INSPECTORES DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA




Promulgación: 18/03/1980
Publicación: 10/04/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 486

Artículo 18

   Dispónese que los Inspectores de Actuarías de Juzgados Letrados
realizarán las inspecciones de la Actuarías de los Juzgados Letrados de lo
Contencioso Administrativo bajo régimen de visitas periódicas que se
establece en el presente decreto.
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