A partir del 1º de enero de 1985 será de aplicación el régimen dispuesto
por el artículo 30 del decreto 128/970, del 13 de marzo de 1970, fijándose
a tales efectos para los kits de vehículos de categoría C, D1, D2, D3, E,
F y H un precio promedio de U$S 3,20 por kilo.