Visto: el artículo 34 del Decreto Nº 27/996 de 6 de febrero de 1996, que
crea la Oficina de Evaluación e Inspecciones de Misiones en el Exterior y
le asigna sus competencias;
Resultando: I) que la realización de inpecciones periódicas resulta un
instrumento idóneo para evaluar la eficiencia operativa de las Misiones en
el exterior y su adecuada interrelación con los servicios internos de la
Cancillería;
II) que uno de los objetivos de su actividad reside en efectuar análisis
que permitan una ajustada distribución de los recursos globales asignados
al Ministerio -financieros, de personal y materiales- evaluando las reales
necesidades de las Misiones en tal sentido, procurando optimizar sus
resultados;
Considerando: que es necesario reglamentar las tareas inspectivas, las
facultades de los funcionarios que actúen en carácter de inspectores y su
coordinación con los servicios que le deben brindar apoyo informativo y
documental;
Atento: a lo precedentemente expuesto;
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Las visitas inspectivas a Misiones en el Exterior tendientes a
verificar y evaluar en forma global la adecuada utilización de sus
recursos humanos, financieros y materiales en relación a las metas
generales y específicas impartidas por la Cancillería, podrá comprender
los siguientes aspectos:
a) Recursos Financieros
1.- Disponibilidades financieras, determinación de saldos por Partidas,
conciliación cuentas bancarias, estado al día de los registros contables y
la documentación que comprueba el gasto.
2.- Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Nº 230/994
y normas complementarias.
3.- Estado de las Rendiciones de Cuentas; observaciones que pudiese haber
formulado la Dirección Financiero-Contable y sus correspondientes
respuestas.
4.- La ejecución presupuestal en la Partida de Gastos de Oficina y su
comparación porcentual por grupo de rubros con lo proyectado en el
Presupuesto Mensual de Funcionamiento.
5.- Estado de Inventarios - Residencias y Oficinas - y actualidad de sus
altas y bajas.
6.- Relación de gestiones relativas a esta materia iniciadas por la
Misión y aun en trámite en la Cancillería, identificando: antigüedad,
asunto e importancia del tema.
b) Recursos Humanos
1.- Cumplimiento y descripción de las funciones asignadas al personal
diplomático y relación entre ellas y las calificaciones otorgadas.
2.- Relaciones funcionales y personales entre los integrantes de la
Misión u Oficina Consular.
3.- Número, descripción de funciones y capacitación del personal
administrativo contratado y su relación con el volumen de trabajo de la
Misión.
4.- Adecuación de las retribuciones del personal contratado a las
funciones que desempeña y al nivel general de salarios, en especial de
otras Misiones Diplomáticas de similar grado de representación.
5.- Cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social del
país receptor. Este punto atenderá los acuerdos bilaterales existentes en
la materia así como las normas de aporte patronal y exoneraciones vigentes
en nuestro país y en el estado receptor.
c) Recursos Materiales
1.- Estado de conservación de los bienes muebles e inmuebles propiedad
del Estado.
2.- Adecuación de los locales -comprendido alhajamiento- (Cancillería y
Residencia) de las Misiones y Oficinas Consulares y de las residencias de
su personal diplomático en relación al precio del arrendamiento, así como
las necesidades del servicio y a la jerarquía de su cargo.
3.- Disponibilidad de equipos de oficina y comunicaciones adecuadas a las
necesidades del servicio y compatibles con los sistemas utilizados en
Cancillería.
4.- Organización y estado de conservación de Biblioteca y Archivos.
d) (Actividades de la Misión)
1.- Relaciones con las Autoridades Nacionales y con el Cuerpo
Diplomático, así como las actividades emprendidas en conjunto por el Grupo
Latinoamericano, Grupo de Río y Mercosur.
2.- Actividades de relación y promoción en los medios oficiales,
políticos, económico-comerciales, culturales y sociales del estado
receptor.
3.- Análisis del volumen, calidad y grado de cumplimiento de las
disposiciones vigentes en la confección de los informes producidos con
destino a la Cancillería.
4.- Análisis de las Relaciones Trimestrales de Actividades dispuesta por
Resolución Ministerial de 21 de abril de 1988 y su comparación con la
Rendición de Cuentas de Gastos de Etiqueta indicador del grado de
vinculación con autoridades, Cuerpo Diplomático y de la sociedad del país
receptor.