CONTENIDO DE TAREAS INSPECTIVAS PARA FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR




Promulgación: 30/04/1996
Publicación: 09/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 963

Artículo 10

   El informe final de la inspección deberá ser elevado a la Dirección
General de Secretaría dentro de un plazo máximo de 15 días contados desde
el regreso de la inspección a la República, sin perjuicio de hacerlo en
forma inmediata cuando medien razones de urgencia.
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