La Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca
tomará conocimiento en toda controversia que se suscite con relación a
los precios, plazos y forma de pago de la uva y sus subproductos, así
como también en toda discrepancia que pueda existir en torno a la
aplicación de las normas contenidas en el presente decreto, proponiendo
las medidas conciliatorias que estime conveniente.