COMPENSACION POR CUOTA MUTUAL DE SERVICIOS DE ASISTENCIA MEDICA. REDUCCION DEL GASTO PUBLICO




Promulgación: 30/04/2002
Publicación: 07/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 626
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 Las Empresas Públicas alcanzadas por el presente decreto remitirán al 
Ministerio de Economía y Finanzas copia de los convenios de prestación 
médica que celebren en el futuro, dentro de los diez días siguientes a la 
suscripción de los mismos.
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