REGULACION NORMATIVA DE IVA, IMESI, IRIC, IMAGRO, IRA




Promulgación: 28/04/1995
Publicación: 12/05/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 419

IMPUESTO DEL INCISO TERCERO DEL ARTICULO 57 DEL TITULO 4 E IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO

Artículo 8

   Fíjase en $ 416 (cuatrocientos dieciséis pesos uruguayos) para el año
1995, el monto mensual del impuesto a que refiere el inciso tercero del
artículo 57º del Título 4 del Texto Ordenado 1991.
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