DECLARACION OBLIGATORIA DE LOS CASOS DE INTOXICACION




Promulgación: 25/04/1985
Publicación: 20/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1169

Artículo 5

    Sin perjuicio de la denuncia verbal inmediata, ésta será confirmada
por escrito en los formularios oficiales que se faciliten por el Centro de
Información y Asesoramiento Toxicológico, que deberán contener: nombre y
apellidos, nacionalidad, edad y domicilio de la persona afectada. Si por
razones de reserva profesional el denunciante no deseara identificar
aquélla, podrán usarse sus iniciales.
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