APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1992




Promulgación: 21/04/1992
Publicación: 22/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
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Artículo 20

   La Administración Nacional de Puertos podrá proponer al Poder Ejecutivo
la adecuación del rubro 0 por concepto de reestructura, siempre y cuando
se comunique al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y no sea de un costo superior al 2,5% (dos con cinco por
ciento) del total aprobado para ese rubro en el presente Decreto. 
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