APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1992




Promulgación: 21/04/1992
Publicación: 22/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Toda compensación que perciba un funcionario por el desempeño de
determinadas tareas, se perderá cuando se produzca el traslado del mismo,
salvo el caso en que las tareas y el horario de labor en las oficina de
destino sean equivalentes a los de origen. 
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