Cométese a la Corte de Justicia y al Tribunal de lo Contencioso
Administrativo para que dispongan que los Juzgados de sus respectivos
fueros lleven un "Libro de Cargos Auxiliares de la Justicia" en el que se
anotará:
a) Carátula completa del expediente en el que se efectúa la designación;
b) Ficha;
c) Fecha de designación;
d) Nombre y apellido del designado y su profesión;
e) Naturaleza de la función que se le ha encomendado con la designación.
Los organismos designados en el apartado primero tomarán todas las
medidas para dotar a los organismos judiciales del Libro precedentemente
mencionado.