Los Inspectores de Actuarías de Juzgados Letrados del Ministerio de
Justicia, e Inspectores de Juzgados de Paz, en sus inspecciones anuales,
controlarán el citado Libro, dejando constancia en Capítulo expreso de sus
informes de las infracciones comprobadas a la Acordada que se actualiza
por el presente decreto.
Los Inspectores de Actuarías de Juzgados Letrados, también controlarán
los Libros de los Juzgados Letrados de lo Contencioso Administrativo.