Reglamentario/a de: Ley Nº 18.619 de 23/10/2009 artículo 14.
Artículo 8
(ORGANOS) La C.I.A.I.A. estará integrada por los siguientes órganos:
Director, Secretaría, Oficina Técnica Permanente y Juntas Investigadoras
de Accidentes.
La Oficina Técnica Permanente contará cuando menos con las siguientes
áreas: Factor Humano, Factor Material, Factor Medio Ambiente y Factor
Operacional.
Las Juntas Investigadoras de Accidentes serán "Ad Hoc", tantas como sean
necesarias, dependerán del Director de la C.I.A.I.A., tendrán como
cometido realizar la investigación material de un accidente o incidente
aéreo en particular y estarán a cargo de un investigador e integradas como
mínimo con un secretario y los investigadores de los factores Humano,
Material, Medio Ambiente y Operacional, más los asesores que sean
necesarios.