(Monto de la prestación para trabajadores suspendidos en forma total).-
El monto del subsidio para los trabajadores en situación de suspensión
total de la actividad:
1) Con remuneración mensual fija o variable, será el equivalente al 50%
(cincuenta por ciento) del promedio mensual de las remuneraciones
nominales computables percibidas en los 6 (seis) meses inmediatos
anteriores a configurarse la causal.
2) Con remuneración por día o por hora, será el equivalente a 12 (doce)
jornales mensuales, el monto de cada cual se obtendrá dividiendo el total
de las remuneraciones nominales computables percibidas en los 6 (seis)
meses inmediatos anteriores a configurarse la causal, por 150 (ciento
cincuenta).