Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Fíjanse para los cigarrillos comprendidos en el Decreto Nº 276/985 de 3
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre julio - diciembre de 1998:
FICTO TASA IMPUESTO
$ % $
Cigarrillos 7.38 66.5 4.90
Decreto 276/985