MODIFICACION DEL ART. 5º DEL DECRETO 382/999, RELATIVO A LA REGULACION DE LOS "CERTIFICADOS DE HABILITACION POLICIAL", DENOMINADO "CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES"




Promulgación: 24/05/2022
Publicación: 30/05/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 382/999, de 7 de diciembre de 1999, que regula la expedición de Certificados de Antecedentes Judiciales por parte de la Dirección Nacional de Policía Científica;

   RESULTANDO: I) que el artículo 5 del Decreto N° 382/999, establece: "Los Certificados de Antecedentes Judiciales, se expedirán a solicitud de los interesados con indicación del destino, tomándoseles impresión decidactilar y acreditándose identidad con la Cédula de Identidad correspondiente; pero se entregarán directamente a la autoridad facultada para exigirlo de acuerdo a las leyes, decretos y convenios internacionales suscritos por el país";

   II) que la Comisión del Área Informática del Ministerio del Interior, encargada de efectivizar un sistema que permita expedir los certificados de Antecedentes Judiciales en línea, entiende que en la actualidad, existe la posibilidad de que las personas físicas acrediten su identidad en forma fehaciente, sin necesidad de comparecer en forma presencial, mediante el uso de los sistemas electrónicos incorporados en las cédulas de identidad emitidas por la Dirección Nacional de Identificación Civil, proponiendo realizar el trámite en un local de cobranza habilitado a tales efectos;

   III) que en virtud de lo cual y ante la conveniencia de minimizar la concurrencia y permanencia de personas en el local de Policía Científica ubicado en el Mercado Agrícola y de agilizar el trámite de expedición de Certificados de Antecedentes Judiciales, surge la necesidad de implementar mecanismos que permitan a la población optar por efectuar la gestión en línea de las certificaciones expedidas por la Dirección Nacional de Policía Científica y Jefaturas de Policía del interior del país (Certificado de Antecedentes Judiciales con destino a organismos públicos, Certificado de Antecedentes Judiciales según Ley N° 19.791, de 30 de agosto de 2019 y Certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales);

   IV) que los tres Certificados supra mencionados, están regulados por los Decretos números 382/999, de 7 de diciembre de 1999, 17/020, de 13 de enero de 2020 y 250/020, de 10 de septiembre de 2020 respectivamente, los cuales exigen presencialidad y toma de impresiones dactilares, por lo cual el solicitante debe presentarse en un local policial habilitado y previa toma de la huella dactilar, comienza el trámite pertinente;

   V) que la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Policía Científica, se expidió en términos compartidos por el Departamento de Asesoría Jurídica de la Gerencia del Área Jurídico Notarial del Ministerio del Interior, señalando que para poder tramitar los Certificados señalados, "en línea", y previendo que en un futuro cercano serán otros los mecanismos de identidad fehacientes, corresponde sustituir la redacción dada al artículo 5° del precitado Decreto N° 382/999;

   CONSIDERANDO: que teniendo en cuenta las necesidades actuales de reducir la movilidad, y estando en condiciones de poder realizarse los trámites en cuestión bajo la modalidad "en línea", corresponde adecuar el Decreto N° 382/999, relativo a la expedición de los Certificados de Antecedentes Judiciales por parte de la Dirección Nacional de Policía Científica, otorgándose una nueva redacción a su artículo 5°, en los términos que se detallarán;

   ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 382/999 de 07/12/1999 
artículo 5.

   BEATRIZ ARGIMÓN - GUILLERMO MACIEL
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