APROBACION DEL "REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL LICEO MILITAR "GENERAL ARTIGAS" Y LOS ORGANIGRAMAS CORRESPONDIENTES Y DEROGACION DEL DECRETO 596/009
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el "Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Enseñanza del Ejército" ROF 16-40, aprobado por el Decreto N° 304/021, de 10 de setiembre de 2021;
RESULTANDO: I) que por el "Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Enseñanza del Ejército", se modificaron los aspectos organizacionales y funcionales de los Institutos dependientes del mencionado Sistema, insertando cambios para optimizar los medios disponibles, procurando mejorar la eficacia y eficiencia de las tareas que se cumplen dentro del mismo y por ende de dichos Institutos;
II) que el Liceo Militar "General Artigas" es un Instituto dependiente del Sistema de Enseñanza del Ejército;
III) que por el Decreto N° 596/009, de 28 de diciembre de 2009, se aprobó el "Reglamento de Organización y Funcionamiento del Liceo Militar "General Artigas";
CONSIDERANDO: que es necesario adecuar el "Reglamento de Organización y Funciones del Liceo Militar "General Artigas", acorde a las modificaciones insertas en el "Reglamento de Organización y Funciones del Sistema de Enseñanza del Ejército", aprobado por el Decreto N° 304/021, de 10 de setiembre de 2021 y consecuentemente derogar el Decreto N° 596/009 antes referido, que rige para dicho Instituto;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Jurídica del Sistema de Enseñanza del Ejército y por el Departamento Jurídico-Notarial del Ministerio de Defensa Nacional y a lo dispuesto por la Ley N° 19.188, de 7 de enero de 2014, por el artículo 44 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018 y por el Decreto N° 304/021, de 10 de setiembre de 2021;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébase el "Reglamento de Organización y Funcionamiento del Liceo Militar "General Artigas" y los Organigramas correspondientes, los cuales quedarán redactados como consta en los Anexos adjuntos (*) y forman parte del presente Decreto.