El Director General de Rentas, el Sub Director General, los Directores
de División, los Encargados de Departamento y todos los funcionarios de
la Dirección General Impositiva que cumplan tareas inspectivas y los
Encargados de la Auditoría Interna y Asesorías, quedan comprendidos en la
obligación de presentar declaraciones juradas patrimoniales según lo
establece la Ley Nº 17.060 de 23 de diciembre de 1998.