Visto: el proyecto de Decreto Reglamentario elevado por la Dirección
Nacional de Identificación Civil relativo a la expedición de pasaportes
comunes expedidos en la República y en el exterior y los Títulos de
Identidad y de Viaje.
Resultando: I) Que en la elaboración del proyecto tuvieron
participación los organismos competentes del Ministerio del Interior y de
Relaciones Exteriores.
II) Que el mismo ordena en un texto único normas relativas a la expedición
de pasaportes comunes y títulos de identidad y viaje que actualmente se
hallan dispersas en diferentes disposiciones.
Considerando: que se estima conveniente reunir en un único texto toda
la normativa vigente relativa al tema expresado y el articulado presentado
se entiende adecuado.
Atento: a lo dictaminado por el Departamento Jurídico
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Ver:Texto (Reglamento relativo a la Expedición de Pasaportes Comunes
Títulos de Identidad y de Viaje).
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 167/993 de 13/04/1993.